Tienes la mirada puesta en la jubilación y necesitas saber qué tipos de pensiones existen para poder planificar tu futuro ¿cierto? En este artículo te las explicamos de forma sencilla. Ya sabes que la información es poder y conocer todas las opciones a tu alcance es la clave para asegurar tu tranquilidad en los años venideros.

Antes de meternos en harina, dejemos claro el concepto de pensión: cantidad económica que un organismo público, en este caso la Seguridad Social, paga a una persona de forma temporal o permanente.

En esencia, podemos encontrar dos tipos de pensiones en España: contributivas y no contributivas. Vamos a verlas en detalle.

 

Pensiones contributivas

 

Una pensión contributiva es una prestación económica de duración indefinida que la Seguridad Social entrega a un ciudadano que mantiene una relación jurídica previa con este organismo y que cumple con los requisitos exigidos.

En otras palabras, si tú has cotizado alguna vez a la Seguridad Social, es decir, si has contribuido con tu trabajo a alimentar la hucha de las pensiones, puedes tener derecho a este tipo de pensión. En caso contrario, no podrás solicitar esta prestación.

Las pensiones contributivas las gestiona el Estado. En cuanto a las cuantías a percibir, varían en función de los años cotizados y de la aportación que realiza el trabajador a la Seguridad Social (si es autónomo), o el trabajador y la empresa (si es trabajador por cuenta ajena), durante un periodo concreto a efectos de la base reguladora de la pensión a la que se acoja.

Por ejemplo, una pensión contributiva sería la prestación por jubilación que una persona recibe desde que cesa su actividad laboral hasta que fallece. Pero este es solo un tipo de pensión contributiva.

Sí, dentro de las prestaciones contributivas también podemos diferenciar varios tipos: por jubilación, por incapacidad permanente o por fallecimiento.

 

Pensión contributiva por jubilación

Cuando un ciudadano concluye su vida laboral esta prestación compensa la pérdida del sueldo. La Seguridad Social contempla diferentes modalidades de pensión por jubilación como la ordinaria, la jubilación parcial o la jubilación anticipada derivada del cese no voluntario, entre otras. Debes saber que la edad de acceso a la jubilación cambia cada año hasta que en 2027 quedará fijada en los 67 años.

 

Pensión contributiva por incapacidad permanente

Cuando una enfermedad o un accidente te aparta de tu labor profesional esta prestación te protege. Puede ser de carácter total, absoluta o por gran invalidez.

 

Pensión contributiva por fallecimiento

Cuando una persona de la que alguien depende económicamente fallece se puede optar a este tipo de pensión. La prestación por fallecimiento contempla la viudedad, la orfandad o en favor de otros familiares.

 

Pensiones no contributivas

 

Las pensiones no contributivas reconocen el derecho al cobro de una prestación económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desprotección porque no cuentan con suficientes recursos de subsistencia, aunque nunca hayan cotizado a la Seguridad Social o no lo hayan hecho el tiempo suficiente.

Estas prestaciones las gestionan los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y la cuantía se fija en función de las rentas del beneficiario o de su unidad económica de convivencia. Para que te hagas una idea, en 2021 la cuantía de la prestación no contributiva será de 7,12 euros diarios (402,72 euros mensuales).

Las prestaciones no contributivas se pueden conceder en caso de:

  • Jubilación: El beneficiario debe tener 65 años o más y residir en territorio español o haberlo hecho durante 10 años entre el periodo que se contempla desde el cumplimiento de los 16 años hasta la fecha de devengo de la pensión (dos de estos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud).

 

  • Invalidez: Para ciudadanos entre 18 y 65 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % y residentes en territorio español o que lo hayan sido durante 5 años (dos de ellos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud).

 

La pensiones, ¿cómo tributan?

 

No podemos concluir este artículo sin hacer una referencia a la fiscalidad de las pensiones para que estés prevenido.

Debes saber que las pensiones por jubilación se consideran rendimiento de trabajo y, por tanto, se practican las retenciones correspondientes (al igual que se haría en una nómina de trabajo) y deben tributar en el IRPF.

En cuanto a las pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, están exentas de tributar al igual que las pensiones de orfandad, las derivadas de actos de terrorismo o las pensiones en favor de familiares (si son menores de 22 años).

Ahora ya conoces qué tipos de pensiones tienes a tu disposición en España. Si quieres que te asesoremos al respecto o necesitas tramitar alguna de estas prestaciones, desde Capellas estamos al otro lado para ayudarte.