La crisis originada por el Covid-19 ha provocado que miles de autónomos y empresas de España vean sus negocios perjudicados. La crisis sanitaria se ha alargado más de lo que nadie podía esperar y los efectos de las medidas adoptadas para frenar la expansión del Covid-19, han provocado graves consecuencias en el tejido empresarial del país. Todo ello ha hecho necesario aprobar nuevas fórmulas para reforzar la solvencia y evitar un deterioro patrimonial en empresas viables.

Por ello el Gobierno ha aprobado medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial que moviliza 11.000 millones de euros en ayudas y que articula a través de cuatro líneas de actuación.

Estas ayudas para la solvencia empresarial contempladas por el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo llegan para unirse a otras ya aprobadas en 2020. Entre ellas están las que tienen relación con las deudas y el aplazamiento del pago de los impuestos, los créditos públicos o hipotecarios; los expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE) y las cotizaciones tardías a la Seguridad Social.

Las nuevas ayudas directas van a superar el 2 % del Producto Interior Bruto (PIB) y se organizan en 4 grandes líneas. Vamos a verlas en detalle.

 

a) Ayudas directas para autónomos y empresas

El Gobierno proporcionará ayudas de 7.000 millones de euros para los sectores más perjudicados (hostelería, restauración y turismo). Son ayudas directas que tienen carácter finalista, empleándose para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como para costear los costes fijos. Han de servir, en definitiva, para que las empresas reduzcan las deudas contraídas desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021.

Los requisitos para poder acceder a estas ayudas son:

  • Que las actividades de los empresarios o profesionales y entidades consten en los sectores definidos en el Anexo I de este RD-ley 5/2021.
  • Que demuestren que durante el año su volumen de operaciones se ha reducido más de un 30% respecto al ejercicio del año 2019.
  • Que mantengan su actividad comercial hasta el 30 de junio de 2022
  • Que no repartan dividendos y
  • Que no incrementen las retribuciones de los directivos durante al menos dos años.

Otros requisitos son los siguientes:

  • Tener su domicilio fiscal en territorio español
  • No cesar la actividad cuando se rellene la solicitud y no estar en concurso de acreedores.
  • Estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social.

La posible cantidad a percibir por parte de los empresarios oscilará entre los 3000 euros (autónomos que tributan por módulos), y entre los 4000 euros y los 200 000 euros para el resto de los negocios.

 

b) Línea de reestructuración de deuda financiera

Se trata de una línea dotada con 3000 millones de euros que habilita al Gobierno para que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) pueda acompañar los procesos de reestructuración de deuda financiera que cuenten con aval público.

El objetivo es proteger la estabilidad económica y la relación empresarial entre las Instituciones bancarias y sus clientes, puesto que las subvenciones se incorporan a los procesos de refinanciación y reestructuración empresarial.

Así pues, esta segunda línea de trabajo permitirá subsanar las pérdidas por el Covid-19 y convertir una parte del aval público en transferencias a los negocios y a los emprendedores más afectados.

Podrán acceder a esta ayuda aquellas empresas o trabajadores autónomos que cumplan con los requisitos ordenados por el Consejo de Ministros. De la misma forma, se pondrá en marcha el contenido del Código de Buenas Prácticas con el posible respaldo de los bancos y con el objetivo de satisfacer a los consumidores.

 

c) Fondo de recapitalización de empresas

Se crea el Fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID, gestionado por la Compañía Española de Financiación del Desarrollo (COFIDES),  dotado con 1.000 millones de euros, destinado a fortalecer la solvencia de empresas no cubiertas por el fondo ya gestionado por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).

Este fondo aportará apoyo exclusivamente en forma de instrumentos de deuda, de capital e híbridos de capital, o una combinación de ellos, a empresas no financieras, que previamente lo hubieran solicitado y que atraviesen dificultades de carácter temporal a consecuencia de la pandemia. En ningún caso apoyará financieramente a empresas que con anterioridad a la crisis de la COVID-19 tuvieran problemas de viabilidad o a aquellas que se consideren inviables a futuro.

 

d) Moratorias

Hasta finales del año 2021 se podrá solicitar una prórroga que prohíba el desarrollo de procesos concursales.

La pandemia ha provocado que muchos empresarios no puedan hacerle frente a deudas o préstamos, por lo que en muchos casos se originan sentencias judiciales que incluyen embargos y ceses temporales de la actividad.

Para evitar esta situación, el Gobierno considera esta ayuda importante para ofrecer un margen prudencial y que los autónomos conserven su patrimonio.

Tal y como hemos podido comprobar, en un año de cambios es fundamental que se apueste por salvar la economía y ayudar a empresarios y pymes a través de estas nuevas ayudas directas.

No dudes en contactar con Capellas si quieres ampliar información sobre estas nuevas medidas de apoyo o necesitasasesoramiento en tu gestión. Hoy más que nunca estamos para ayudarte.