Octubre es un mes relevante para empresas y autónomos, coincide con el cierre del tercer trimestre del año y concentra diversas obligaciones tributarias como liquidaciones de IVA, pagos fraccionados, retenciones y determinadas declaraciones informativas. Anticiparse a qué modelos vencen, cómo deben presentarse y cuáles son los requisitos específicos de cada uno resulta clave para minimizar riesgos de errores, recargos o sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

En este artículo te recordamos qué modelos debes tener listos para octubre de 2025, cómo presentarlos correctamente y qué aspectos debes tener en cuenta para no dejar nada fuera.

 

Liquidaciones de IVA y declaraciones trimestrales

Una de las obligaciones fiscales de este mes de octubre es la presentación de la autoliquidación del IVA correspondiente al tercer trimestre del año (julio, agosto y septiembre). Esta se realiza mediante el modelo 303, que debe presentarse como máximo el 20 de octubre de 2025.

Ahora bien, es importante recordar que no todas las empresas y autónomos presentan el IVA de forma trimestral: en determinados supuestos, la obligación pasa a ser mensual. Esto ocurre, por ejemplo, en el caso de las grandes empresas (con una facturación superior a 6.010.121,04 euros en el año natural anterior), los inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) o los grupos de entidades que tributan en este régimen.

A esta declaración se suman otras obligaciones que también vencen ese día, como el modelo 349, en caso de haber realizado operaciones intracomunitarias (compra o venta de bienes y/o servicios con empresas de la Unión Europea). Con carácter general, el modelo 349 es trimestral, pero pasa a ser mensual en dos situaciones: cuando el sujeto pasivo presenta el IVA mensualmente o cuando el importe de las operaciones intracomunitarias realizadas en un trimestre supera los 50.000 euros.

Si formas parte de un grupo de entidades, deberás presentar además el modelo 322 (individual) y el modelo 353 (agregado).

 

También puede ser necesario presentar el modelo 309 si estás en un régimen especial de IVA y no estás obligado a presentar el 303.

Para cumplir con estos modelos correctamente, es fundamental tener la contabilidad del trimestre al día y revisar que todas las operaciones estén correctamente reflejadas: facturas emitidas, recibidas, operaciones intracomunitarias, cuotas soportadas y repercutidas. Todos estos datos deben cuadrar entre sí y reflejar fielmente tu actividad.

Retenciones e ingresos a cuenta:

Además del IVA, en octubre también se presentan las declaraciones trimestrales de retenciones practicadas. Estas incluyen:

  • El modelo 111, para retenciones sobre rendimientos del trabajo, profesionales o actividades económicas.
  • El modelo 115, para retenciones por arrendamientos urbanos.
  • El modelo 123, en caso de retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos, préstamos entre socios, etc.).

Todos ellos comparten plazo y deben presentarse también como máximo el 20 de octubre de 2025. No obstante, al igual que ocurre con el IVA, en determinados supuestos estas declaraciones de retenciones pueden tener que presentarse con periodicidad mensual, por ejemplo, cuando la empresa está obligada a presentar el IVA mensualmente (grandes empresas, inscritos en REDEME o grupos de entidades).

En cualquier caso, es imprescindible revisar que las retenciones practicadas coincidan con las que figuran en nóminas, contratos de alquiler o acuerdos financieros, para evitar errores y posibles sanciones por parte de la AEAT..

Pagos fraccionados del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades

Los profesionales autónomos también deben tener en cuenta los pagos fraccionados de su IRPF:

  • Si tributas por estimación directa, te corresponde presentar el modelo 130.
  • Si estás en estimación objetiva (módulos), deberás presentar el modelo 131.

Ambos modelos deben reflejar los ingresos y gastos del trimestre (o los datos previstos en el caso de módulos) y se presentan también hasta el 20 de octubre.

Las sociedades, por su parte, deben realizar su pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades a través del modelo 202. Este modelo aplica en función del volumen de operaciones o resultados del ejercicio anterior y puede calcularse mediante dos modalidades (base o cuota).

Es recomendable realizar una previsión de cierre del año y una revisión de los pagos realizados en trimestres anteriores para evitar desviaciones.

Otros modelos fiscales y obligaciones específicas

Más allá de las declaraciones habituales, octubre puede traer consigo obligaciones fiscales adicionales, según la actividad o el sector en el que opere tu empresa.

Por ejemplo, algunas empresas deben presentar el modelo 560, relacionado con el Impuesto sobre la Electricidad. También se mantienen activos los modelos de impuestos especiales y medioambientales (587, 589, 592, entre otros), que afectan al impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y a industrias con actividades reguladas o de alto impacto energético o ecológico.

Cómo llegar a octubre con todo bajo control

El secreto para cumplir con todas tus obligaciones fiscales de octubre sin contratiempos está en la planificación. Te dejamos algunas recomendaciones prácticas:

  • Organiza con antelación tus documentos del trimestre. No esperes al último momento para revisar facturas, retenciones o liquidaciones.
  • Lleva la contabilidad al día. Una buena contabilidad permite anticipar errores y ahorrar tiempo en la preparación de los modelos.
  • Revisa los cambios normativos. Algunos modelos han cambiado recientemente y es importante utilizar la versión actualizada.
  • Asegúrate de tener activo tu certificado digital o sistema Cl@ve. Todos los modelos deben presentarse de forma telemática.
  • Consulta con tu asesor si tienes dudas. Cada modelo tiene sus particularidades y es preferible resolver cualquier cuestión antes de presentarlo.

Si quieres cumplir con todas tus obligaciones fiscales a tiempo, con precisión y sin complicaciones, en Capellas podemos ayudarte. Gestionamos la presentación de tus modelos, resolvemos dudas y te avisamos de cada vencimiento. Escríbenos y deja tus impuestos en manos de profesionales.