El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) es una nueva figura impositiva de nuestro sistema tributario. Se trata de un controvertido y cuestionado nuevo tributo que persigue una doble finalidad. Una primera de aumentar la recaudación, y una segunda finalidad armonizadora, pues persigue reducir las diferencias que existen en el gravamen del impuesto sobre el Patrimonio en las distintas Comunidades Autónomas.

El día 1 de julio empieza el plazo para presentar la liquidación de este nuevo impuesto, que afectará de manera muy diferente a los ciudadanos de este país dependiendo en que Comunidad residan.

¿Qué es el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas?

Es un tributo de carácter directo, personal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio que grava el patrimonio neto de las personas físicas por encima de los 3 millones de euros. Se aplica en todo el territorio nacional, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico vigentes en el País Vasco y Navarra, respectivamente.

Tiene carácter temporal, el impuesto será en principio de aplicación para los ejercicios 2022 y 2023.

El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y afecta al patrimonio neto del que sea titular el sujeto pasivo en dicha fecha.  La norma dispone que se apliquen las reglas del Impuesto sobre el Patrimonio en lo que se refiere a la determinación de los sujetos pasivos, a las exenciones o a la determinación de la base imponible.

Determinada la cuota resultante del ITDGF el sujeto pasivo podrá deducir la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio “efectivamente satisfecha”.

Por lo tanto, es un impuesto que tendrá especial repercusión para los contribuyentes que tengan su residencia en territorios autonómicos en los que el Impuesto sobre el Patrimonio, esté total o parcialmente bonificado.

¿Quiénes son Sujetos Pasivos de este impuesto?

Las personas físicas con un patrimonio neto que supere los 3.000.000 de euros en la fecha de devengo del impuesto serán los sujetos pasivos de éste.

Es importante destacar que se establece un mínimo exento de 700.000 euros, lo que significa que el impuesto solo comenzará a aplicarse a partir de los 3.700.000 euros de patrimonio neto. Además, al igual que ocurre con el Impuesto sobre el Patrimonio, los primeros 300.000 euros de la vivienda habitual tampoco tributan.

¿Cómo se calcula el Impuesto de Solidaridad de las grandes fortunas?

El Impuesto de Solidaridad temporal sobre las grandes fortunas se caracteriza por tener una tarifa por tramos con lo que se aplicará:

  • Un tipo del 0% hasta los 3 millones de euros
  • Un 1,7% para patrimonios que se encuentran en el rango de 3 a 5,3 millones de euros.
  • Un 2,1% para patrimonios que se sitúan entre 5,3 y 10,6 millones de euros.
  • Un 3,5% para patrimonios que superan los 10,6 millones de euros.

La base imponible de este impuesto se determina a partir del patrimonio neto, el cual es calculado como la diferencia entre los bienes y derechos del contribuyente y sus deudas y obligaciones. Las reglas de valoración y determinación de la base imponible siguen las mismas pautas establecidas en el Impuesto sobre el Patrimonio, aplicándose incluso las mismas exenciones.

En el caso de aquellos contribuyentes cuya cuota tributaria resulte a ingresar, estarán obligados a presentar la declaración correspondiente. Dicha cuota se calcula de acuerdo a las normas y reglamentaciones específicas del impuesto, teniendo en cuenta las deducciones o bonificaciones aplicables.

Cómo se presenta y plazos

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas se debe presentar dentro del período comprendido entre el 1 y el 31 de julio de 2023, utilizando el modelo 718 “Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas”. Es importante destacar que este formulario estará disponible exclusivamente en formato electrónico.

La presentación y el pago del impuesto se realizan de forma electrónica, utilizando los formularios de ayuda disponibles en el sitio web de Hacienda. Se podrá generar un archivo con la declaración correspondiente para su presentación a través de Internet.

Recomendaciones para afrontar el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas

Para afrontar este impuesto de manera adecuada, es recomendable tomar en cuenta las siguientes pautas:

  • Conocer la normativa: familiarízate con la legislación fiscal específica de tu comunidad y comprende las obligaciones y beneficios relacionados con este impuesto.
  • Asesoramiento profesional: busca el apoyo de asesores fiscales especializados para asegurarte de cumplir con todas las disposiciones legales y optimizar tu situación fiscal. Nosotros te podemos ayudar.
  • Planificación financiera: realiza una planificación adecuada de tus finanzas y patrimonio, considerando las implicaciones fiscales de este nuevo Impuesto.
  • Conservación de registros: mantén una documentación precisa y organizada de tu patrimonio y transacciones financieras para facilitar la declaración y el pago del impuesto.