En estos tiempos de crisis se han disparado las solicitudes de ayudas y subvenciones, que no siempre llegan, pero cuando lo hacen consiguen aliviar un poco las necesidades del solicitante.

Pero una vez que las tenemos y llega el momento de hacer cuentas con la parte fiscal, nos entran dudas de cómo tributan esas subvenciones. Si no lo hacemos bien, al final más que una ayuda puede convertirse en un quebradero de cabeza.

Lo primero que te vas a preguntar es si lo que has recibido tienes que declararlo o no, y en el caso de que debas declararlo, como hacerlo.

En este blogpost vamos a explicártelo.

 

Subvenciones recibidas por personas que NO realizan una actividad económica

La norma general, salvo que por Ley se diga otra cosa, es que las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales. Esto quiere decir que están sujetas y no exentas del IRPF, o sea, que tributan.

Así viene reflejado en el artículo 33.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: «1. Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos».

Las ayudas más frecuentes de este tipo son las destinadas a:

  • La adquisición o rehabilitación de viviendas.
  • Compensar gastos escolares.
  • Las del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (Plan PIVE).
  • Las mejoras en la vivienda (eficiencia energética, accesibilidad, etc.).
  • Compensar determinados gastos sanitarios.

 

Subvenciones recibidas por personas que SI realizan actividades económicas

En este caso se pueden dar varias opciones que hay que tener en cuenta a la hora de tributar y que dependen del destino que se le dé a la subvención o ayuda. Se puede dar el caso de que sea:

  • Ganancia patrimonial o
  • Rendimiento de la propia actividad económica.

Si están relacionadas con la actividad económica deberán tributar como un ingreso más de ésta, en caso contrario formarán parte de las ganancias patrimoniales.

Hacienda considera que son rendimientos de actividad económica las subvenciones públicas que se puedan encuadrar dentro de lo siguiente:

  • Aquellas que sustituyen ingresos ordinarios del ejercicio. Se consideran un ingreso de la actividad, es decir como si se hubiese hecho una venta.
  • Ayudas que financian la compra de elementos patrimoniales que estén unidos a la actividad. En este caso se imputarán como ingreso de la actividad en la misma proporción que la amortización de los bienes del inmovilizado financiados con la subvención

 

Subvenciones consideradas como rendimientos del trabajo

A pesar de lo anterior, la Ley califica determinadas subvenciones/ayudas como rendimientos del trabajo, siendo principalmente las siguientes:

  • Las becas que no están exentas.
  • Ayudas públicas para la adquisición de material escolar, comedor escolar, transporte escolar.
  • Cheques guardería

Ayudas para sufragar gastos de alimentos, agua, luz

 

Ayudas y subvenciones exentas

Al principio de todo ya dijimos que la mayoría de las ayudas y subvenciones hay que declararlas en el IRPF, pero siempre hay excepciones a la hora de hacer la declaración.

¿Y cómo se sabe esto?

Hay que comprobar y leer bien todo el acuerdo de la concesión de la ayuda, porque ahí es donde debería especificar este detalle. Aun así, te dejamos aquí algunas de las subvenciones que están exentas:

  • Prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  • Indemnizaciones por despido del trabajador siempre dentro de los límites que dispone el estatuto de los trabajadores
  • Becas públicas
  • Ayudas de contenido económico concedidas a los deportistas de alto nivel..
  • Indemnizaciones por responsabilidad civil y seguros de accidente.
  • Prestaciones públicas por maternidad o paternidad.

 

Si te queda alguna duda sobre este tema, pregúntanos!!. Nosotros estamos aquí para ayudarte en estos temas que no siempre son sencillos de gestionar.