El 11 de julio de 2021 entró en vigor la nueva Ley Antifraude cuyo objetivo es acabar con la economía sumergida y reducir la elusión fiscal evitando que las empresas aprovechen los vacíos legales para minimizar el pago de impuestos. La normativa centra su mirada en los pagos en metálico, la contabilidad B de las empresas o las criptodivisas, entre otros aspectos.

En este artículo repasamos algunas de las principales novedades de la nueva Ley Antifraude. ¿Te apetece descubrirlas? Pues vamos allá.

 

Límites al pago en efectivo

 

La nueva Ley Antifraude establece un límite en la cantidad que se puede pagar en efectivo. El límite anterior era de 2.500 €, que con la normativa actual se ha reducido a solo 1.000 €, siempre que alguna de las partes intervinientes actúe como profesional o empresario. Cabe destacar que, para pagos entre personas físicas residentes en España, el límite se mantiene en 2.500 €. También se reduce el límite para particulares con domicilio fiscal fuera de España que pasa de 15.000 a 10.000 euros.

 

Esta medida, que afecta directamente a empresas, comercios y servicios profesionales, implica que todos los importes superiores a 1.000 € deberán abonarse con otros métodos de pago como tarjeta o transferencia bancaria. La finalidad es limitar los pagos en efectivo de grandes cantidades de dinero, dificultar el trabajo de las personas sin declarar sus ingresos y frenar la economía sumergida.

 

El incumplimiento de la normativa conlleva una multa del 25 por ciento del pago para ambas partes: el pagador y el destinatario. Pero, en el caso de que una de las dos partes lo denuncie, no tendrá que pagar la sanción.

 

Prohibición de los softwares de doble uso

 

El uso de programas informáticos que permiten manipular la contabilidad queda prohibido por la nueva Ley Antifraude. Hasta la publicación de la nueva normativa algunas empresas y autónomos podían implantar este tipo de softwares de gestión empresarial que permitían falsear y alterar la contabilidad del negocio conduciendo a pérdidas de ingresos públicos.

 

Con el fin de terminar con esta práctica, todos los sistemas electrónicos deberán seguir unos mismos criterios de registro, trazabilidad e inalterabilidad a riesgo de sanción en caso de incumplimiento. Del mismo modo, estos softwares deberán contar con una certificación emitida por el Ministerio de Hacienda.

 

Control sobre las operaciones con criptomonedas

 

Ante el creciente interés en la adquisición de criptodivisas y el consiguiente riesgo de blanqueo, la Ley Antifraude establece que todos los ciudadanos españoles deben revelar la propiedad de criptomonedas y su uso en operaciones (adquisición, pagos, cobros, permuta…) tanto para activos dentro del país como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles. Para ello, podrán utilizar el modelo 720.

 

Recargos tributarios para autónomos

 

La normativa actual ha modificado el sistema de recargos por presentación extemporánea sin requerimiento previo para aquellos autónomos que presenten las declaraciones y autoliquidaciones fuera del periodo voluntario.

 

Para ello, se ha dispuesto un sistema de recargos creciente siendo del 1% más otro 1% adicional para cada mes completo de retraso y sin intereses de demora hasta que hayan transcurrido 12 meses. A partir de esos 12 meses de retraso comenzará el devengo del recargo del 15%, además de iniciarse el devengo de intereses de demora.

 

De esta manera, los recargos durante los primeros meses serán más bajos con lo que se pretende animar a que los autónomos lleven a cabo una regularización voluntaria.

 

Ahora ya conoces cuáles son las principales novedades de la Ley Antifraude. Si necesitas ayuda como empresa o profesional para cumplir los nuevos requisitos, desde Capellas podemos asesorarte.