Octubre es uno de los meses importantes del calendario fiscal para empresas y autónomos. Coincide con la presentación de las declaraciones del tercer trimestre, los pagos fraccionados de determinados impuestos y otras obligaciones que dependen de la actividad de cada negocio.

Para evitar errores y posibles recargos, es importante conocer qué modelos deben presentarse, cuáles son los plazos y qué documentación se necesita.

La mayoría de las declaraciones trimestrales correspondientes al período comprendido entre julio y septiembre deben presentarse hasta el 20 de octubre de 2026. Sin embargo, el plazo general para domiciliar el pago termina antes, el 15 de octubre.

 

Principales modelos que afectan a autónomos y empresas

Modelo 303: declaración del IVA

El modelo 303 permite liquidar el IVA correspondiente al tercer trimestre, teniendo en cuenta el impuesto repercutido en las ventas y el IVA soportado que resulte deducible.

Antes de presentarlo, es necesario comprobar que todas las facturas emitidas y recibidas están correctamente registradas y que las deducciones aplicadas cumplen los requisitos fiscales.

Los contribuyentes que presentan el IVA mensualmente tienen un calendario diferente, por lo que el modelo correspondiente a septiembre puede presentarse hasta el 30 de octubre.

 

Modelos 111 y 115: retenciones

Las empresas y autónomos que practican retenciones también deben atender sus correspondientes declaraciones.

  • Modelo 111: recoge las retenciones practicadas sobre nóminas, facturas de profesionales y determinados rendimientos.
  • Modelo 115: corresponde a las retenciones sobre determinados alquileres de inmuebles urbanos, como locales comerciales u oficinas.

Ambos modelos deben presentarse hasta el 20 de octubre, tanto para las declaraciones trimestrales del tercer trimestre como para las mensuales de septiembre que correspondan.

 

Modelos 130 y 131: pagos fraccionados del IRPF

Los autónomos en estimación directa obligados a realizar pagos fraccionados presentan el modelo 130, mientras que quienes tributan en estimación objetiva o módulos utilizan el modelo 131.

Hay que tener en cuenta que no todos los profesionales están obligados a presentar el modelo 130. Por ejemplo, con carácter general, quedan exceptuados aquellos que cumplen el requisito de que al menos el 70% de sus ingresos profesionales estén sometidos a retención, conforme a las reglas aplicables.

El plazo de ambos modelos finaliza el 20 de octubre de 2026.

Modelo 202: pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades

Para las sociedades obligadas, octubre también supone realizar el segundo pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades mediante el modelo 202.

Su importe depende de la modalidad de cálculo aplicable, que puede tomar como referencia la cuota de ejercicios anteriores o la base imponible del período en curso.

Las entidades acogidas al régimen de consolidación fiscal utilizan, cuando corresponde, el modelo 222. Ambos tienen como fecha límite el 20 de octubre.

 

Modelo 349 y otras obligaciones

Las empresas y autónomos que realizan determinadas operaciones intracomunitarias pueden estar obligados a presentar el modelo 349, con periodicidad mensual o trimestral según corresponda.

También existen otros modelos específicos, como el 123, relativo a determinadas retenciones del capital mobiliario, o el 216, para determinadas rentas de no residentes. Su presentación dependerá de las operaciones realizadas y del régimen fiscal aplicable.

 

Calendario fiscal de octubre de 2026: fechas principales

Fecha

Obligación

15 de octubre

Fin del plazo general de domiciliación de los principales modelos trimestrales

20 de octubre

Presentación de modelos 111, 115, 130, 131, 303, 349, 202 y 222, según corresponda

27 de octubre

Fin del plazo de domiciliación del IVA mensual de septiembre

30 de octubre

Presentación del IVA mensual de septiembre y modelos correspondientes a grupos de entidades

Estas fechas recogen las obligaciones más habituales, aunque pueden existir otros vencimientos según el tipo de actividad o impuesto.

 

Novedades fiscales de octubre de 2026

Una de las novedades normativas de este mes está relacionada con la facturación electrónica entre empresas y profesionales.

El 6 de octubre de 2026 entró en vigor la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica y pone en marcha el cómputo de los plazos de implantación.

Según el calendario establecido, las empresas y profesionales cuyo volumen de operaciones a efectos del IVA haya superado los ocho millones de euros durante el año natural anterior deberán adaptarse a partir del 6 de octubre de 2027. Para el resto de los obligados se contempla un plazo posterior.

Por tanto, esta novedad no supone que todas las pymes y autónomos deban emitir ya facturas electrónicas en octubre de 2026, aunque sí conviene tenerla presente para preparar su futura adaptación.

 

Cómo evitar errores en las declaraciones de octubre

La preparación de los impuestos trimestrales suele complicarse cuando quedan facturas pendientes de contabilizar o existen diferencias entre los registros del negocio y las declaraciones.

Después del verano, es especialmente importante comprobar que la documentación está completa y que las operaciones se han registrado en el período correcto. También merece la pena revisar las retenciones practicadas, las operaciones intracomunitarias y los importes pendientes de compensar de declaraciones anteriores.

Otro aspecto que no debe pasarse por alto es la tesorería. Presentar una declaración dentro de plazo no significa necesariamente que el pago esté resuelto, por lo que conviene prever los importes que deberán ingresarse y las fechas de domiciliación.

Además, una declaración sin resultado a ingresar puede seguir siendo obligatoria. Todo dependerá del modelo y de la situación fiscal del contribuyente.

La presentación de los impuestos de octubre también permite revisar cómo está evolucionando el ejercicio antes de afrontar el cierre del año. Con la contabilidad actualizada hasta septiembre, las empresas pueden conocer mejor su situación fiscal, anticipar pagos y detectar posibles incidencias.

En Capellas acompañamos a empresas y autónomos en la preparación y presentación de sus impuestos, así como en la planificación fiscal de su actividad. Si tienes dudas sobre los modelos que debes presentar o quieres revisar las obligaciones de tu negocio, nuestro equipo puede ayudarte.